PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

La Ley Orgánica 15/1999, de 13/XII, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), y el R.D. 1720/2007, por el que se aprueba la protección de datos de carácter personal, son las dos disposiciones básicas de obligado cumplimiento para todas las empresas y profesionales que, en el desarrollo de su actividad, traten datos de carácter personal.

La LOPD tiene como finalidad garantizar y proteger, en lo que concierne al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas y, especialmente, el derecho de su honor e intimidad personal y familiar. Viene a proteger todos los datos de carácter personal registrados en cualquier tipo de soporte físico, automatizado o no, que los haga susceptibles de tratamiento, y a cualquier modalidad de uso de esos datos una vez obtenidos.

Los ficheros automatizados con datos de carácter personal deberán adecuarse a la LOPD antes del 14 de Enero de 2003. Para los ficheros no automatizados el plazo se amplía hasta el 24 de Octubre de 2007.Por ejemplo una relación de clientes en una base de datos, o la relación de trabajadores de la empresa, son ficheros de datos personales afectados íntegramente por la normativa citada, sus obligaciones y las sanciones en caso de incumplimiento.

La creación de dichos ficheros deberá ser notificada a la Agencia Española de Protección de Datos y se deben adoptar una serie de medidas de índole técnica y organizativa que garanticen la seguridad de los datos dependiendo de la naturaleza de los mismos.

Las obligaciones legales pueden resumirse en cuatro partes:
  • Notificación de los ficheros de datos a la Agencia de Protección de Datos.
  • Adopción de las medidas de seguridad necesarias en función del nivel de seguridad exigible.
  • Redacción del documento de seguridad que recoja todas las medidas adoptadas.
  • Redacción de los contratos y aplicación de las cláusulas necesarias para la recogida de datos, los tratamientos por terceros y las cesiones o comunicaciones de datos.

Las sanciones fijadas por el incumplimiento de la LOPD son las más altas de la Unión Europea y la cuantía de la sanción media impuesta por al Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) es de 60.000 euros.

Nosotros le proporcionamos toda la ayuda y asesoramiento para cumplir con la LOPD.

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Q AUDIT AND SERVICES, S.L - Registro Mercantil de Toledo - Tomo: 1491. Libro: 0. Folio: 26. Sección: 8. Hoja: TO31295.